Los proyectos de urbanización son propuestas de iniciativa municipal o privada que tienen por finalidad el fraccionamiento y habilitación del suelo en áreas calificadas exclusivamente como suelo urbano por el PDOT y el PUGS. La división del suelo contemplará más de diez lotes, además del correspondiente al
de las áreas verdes comunal y vías e infraestructura requerida..
Las obras de infraestructura, deberán ser ejecutadas por el urbanizador, sujetándose a los diseños, especificaciones técnicas y cronograma valorado de ejecución de obras que hubieren sido aprobados por la Dirección de Planificación Territorial, en cuyo cronograma deberá estar establecido los plazos de inicio y terminación de las obras de infraestructura, y serán entregadas al GADMUR cuando las obras se encuentren terminadas, de conformidad al acta
entrega de recepción definitiva, suscrita entre el urbanizador y el GADMUR.
Tramite dirigido a los ciudadanos y ciudadanas mayores de 18 años los cuales desean realizar el proceso de APROBACIÓN DE URBANIZACIONES - ANTEPROYECTO.
Dirigido a: Persona Jurídica – Privada, Persona Jurídica – Pública, Persona Natural ecuatoriana, Persona Natural Extranjera.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Informe de Aprobación de Anteproyecto de Urbanización Aprobado
Informe de Aprobación de Anteproyecto de Urbanización Negado
1. Oficio dirigido al señor Alcalde, solicitando la revisión y aprobación del anteproyecto de urbanización.
2. Certificado de Factibilidad de dotación de agua potable y alcantarillado, otorgado por la Dirección de Agua Potable y Alcantarillado, (especificando el tipo de proyecto a ejecutarse).
3. Certificados de Factibilidad de dotación de luz eléctrica y teléfonos, otorgados por las Empresas respectivas.
4. Certificado en vigencia, de Normas Particulares.
5. copia de la(s) cédula(s) de ciudadanía del (de los) propictario(s).
6. Original o fotocopia de la Escritura o Documento de adquisición del inmueble, debidamente inscrito en el Registro de la Propiedad.
7. Certificado de gravámenes, actualizado, del Registro Municipal de la Propiedad y Mercantil del Cantón Rumiñahui.
8. A criterio técnico, en caso de ser necesario adjuntar estudio arqueológico.
9. Original o fotocopia del Título cancelado de Impuesto Predial del año en curso.
10. Levantamiento topográfico del inmueble, escala 1:1000.
11. Anteproyecto de la urbanización que contenga:
a) Cuadros de Áreas donde se especifique: Área total del lote a urbanizarse, área de vías, área de equipamiento, área de espacios verdes, área total de lote, área de lotes, tamaño promedio de lotes, {estas cantidades deberán estar expresadas en porcentajes de tal manera que el área total del lote sume el ciento por ciento del predio), memoria descriptiva, densidades neta y bruta de población, densidades neta y bruta de vivienda.
b) Cuadro de Linderos donde se especifique con dimensiones los linderos al norte, sur, este y oeste, de cada lote.
12. Pago del Título de adquisición de la Cartografía Geo referenciada del predio (tramitar en la Dirección de Avalúos y Catastros)
13. Proyecto en formato digital georreferenciado al sistema de proyección local TM Rumiñahui.
14. Certificado de NO INTERSECCIÓN otorgado por el Ministerio del Ambiente.
Canales de atención: Correo electrónico.
El trámite no tiene costo
Ventanilla 18 - Unidad de Desarrollo Urbano
Lunes a viernes - 07h30 a 16h00
Objeto y alcance de la licencia urbanística de urbanización del suelo.- A través de la licencia urbanística de urbanización del suelo, el GADMUR autoriza al administrado la ejecución del proyecto de urbanización requerido y el inicio de la ejecución de obras, de acuerdo con el informe aprobatorio del cumplimiento de las reglas técnicas y normas administrativas.
Fecha de última actualización: 2021/07/09