Este trámite consiste en la emisión de resolución financiera para aplicación de exoneración de impuestos de trasferencia de dominio (alcabala y plusvalía), base a lo dispuesto en el articulo 35 del Código Tributario y articulo 534 del COOTAD.
¿A quién está dirigido?
Los beneficiarios son todas las instituciones del Estado y demás del sector público que soliciten la exoneración del impuesto a la transferencia de dominio (Alcabala y Plusvalía), según lo determina el articulo 35 del Código Tributario y articulo 534 del COOTAD.
Dirigido a:
Persona Jurídica - Pública.
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
EMISIÓN DE RESOLUCIÓN FINANCIERA PARA APLICACIÓN DE EXONERACIÓN DE IMPUESTOS DE TRASFERENCIA DE DOMINIO (ALCABALA Y PLUSVALÍA)
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
- Presentar en ventanilla cédula de ciudadanía del representante legal. (de ser el caso)
- Tasa de Trámite para Dirección Financiera. ($3.00)
- Formulario de solicitud dirigida a la Dirección General Financiera Municipal.
- Copia de nombramiento debidamente inscrito en el registro pertinente.
- Copia del Acuerdo Ministerial de creación de la entidad solicitante.
- Copia de la última codificación de estatutos vigente y demás documentos habilitantes.
- Minuta firmada por el Abogado.
- Copia de Historia de dominio actualizada.
- Copia de certificado de avalúos actualizado.
- Copia del pago del impuesto predial pagado.
Formatos y anexos
¿Cómo hago el trámite?
- Presentación de documentos original y copia personales de acuerdo a los requisitos en la ventanilla del GAD de Daule
- Validación de conformidad de documentos,
- Análisis de caso por el departamento jurídico financiero
- Elaboración de resolución,
- Entrega de resolución
Canales de atención:
Presencial.
¿Cuál es el costo del trámite?
| Tasa administrativa $3,00 |
¿Dónde y cuál es el horario de atención?
Edificio Principal – Cabecera Cantonal Padre Aguirre 703 y Sucre De 8H00 a 17H00 Sede Alterna Parroquia Urbana Satélite La Aurora Av. León Febres Cordero, Entrada Casa Laguna De 8H00 a 17H00 |
¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?
Fecha de última actualización: 2025/12/16