Se refiere a prestación del servicio de gestión integral de desechos sanitarios que comprende las fases de: servicio de recolección, transporte diferenciado, tratamiento y disposición final de desechos sanitarios (corto punzantes, infecciosos, anatomopatológicos, fármacos caducados, insumos médicos infecciosos, envases y empaques de materiales peligrosos) que resulten de una actividad médica.
Los residuos a los cuales se realiza el procedimiento de gestión integral son: gasas, torundas, baja lenguas, apósitos, jeringas sin agujas, guantes, material corto-punzante, y cualquier otro elemento desechable que haya estado en contacto con fluidos corporales del paciente.
Estos desechos son sometidos a un proceso en la planta especializada ubicada en el Relleno Sanitario de Quito, donde se realiza una desactivación de los microorganismos mediante autoclave por vapor húmedo. En ese momento ya son considerados como residuos comunes para ser depositados en celdas especiales.
Recibimos también grasa de liposucción; recipientes o materiales contaminados por sustancias o productos químicos (tóxicos, corrosivos, inflamables, reactivos, genotóxicos o mutagénicos); residuos anatomopatológicos (tejidos, órganos, piezas anatómicas y residuos sólidos contaminados con sangre y otros líquidos orgánicos resultantes de cirugía); y medicamentos vencidos, contaminados, no utilizados y fuera de especificaciones.
Este grupo de desechos son sometidos a un proceso de incineración, a través de un gestor ambiental debidamente autorizado por las entidades competentes.
Este servicio está dirigido a personas jurídicas que por sus actividades económicas generan desechos sanitarios, siendo estos, desechos infecciosos que cuentan con característica de peligrosidad biológico-infecciosa, es decir que contienen patógenos y representan riesgo para la salud humana y el ambiente.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada.
Habilitación del servicio para la Gestión integral de desechos sanitarios (corto punzantes, infecciosos, anatomopatológicos,fármacos caducados,insumos médicos infecciosos,envases y empaques de materiales peligrosos) para personas jurídicas.
Nota: El usuario podrá verificar en el sistema de la EMGIRS estado de la solicitud ingresando a la sección "Mis contratos", el estado de la solicitud.
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).
El trámite no tiene costo es gratuito, sin embargo, tiene una tarifa establecida de $1.50 + IVA por kilogramo.
CANAL VIRTUAL
CONSULTAS PRESENCIALES
El contrato del servicio tiene una vigencia de 2 años.
Contacto: Coordinación de Comercialización - EMGIRS-EP
Email: atencionalcliente@emgirs.gob.ec
Teléfono: (593 2) 3930600, ext. 1417, 1656, 1650, 1657, 1815
Artículo 100 dispone que: “La recolección, transporte, tratamiento y disposición final de desechos es responsabilidad de los municipios que la realizarán de acuerdo con las leyes, reglamentos y ordenanzas que se dicten para el efecto, con observancia de las normas de bioseguridad y control determinadas por la autoridad sanitaria nacional. El Estado entregará los recursos necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en este artículo.”
Artículo 103 dispone que: “(…) Los desechos infecciosos, especiales, tóxicos y peligrosos para la salud, deben ser tratados técnicamente previo a su eliminación y el depósito final se realizará en los sitios especiales establecidos para el efecto por los municipios del país. (…)”
Artículo 2 dispone que: “Ámbito. - El presente Reglamento es de aplicación nacional y de cumplimiento obligatorio para los establecimientos de salud del Sistema Nacional de Salud, clínicas de estética con tratamientos invasivos y clínicas veterinarias.
Aplicará además a los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales y Metropolitanos como responsables del manejo de residuos y desechos sólidos no peligrosos y desechos sanitarios generados en el área de su jurisdicción bajo las modalidades de gestión que la Ley prevé (…)”
Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito - Ordenanza Municipal 1 Publicado en el Registro Oficial Edición Especial 902 del 07 de Mayo del 2019, capítulo XI
Art. I .2.150 Creación; crease la empresa pública denominada "Empresa Pública Metropolitana de Gestión Integral de Residuos Sólidos".
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2024-07 | 4 | 50 |
2 | 2024-08 | 1 | 26 |
3 | 2024-09 | 2 | 31 |
4 | 2024-10 | 0 | 37 |
5 | 2020-12 | 0 | 126 |
Fecha de última actualización: 2024/08/21