Se refiere a la contratación del servicio de disposición final de escombros, con el objetivo de obtener por parte de la administración del Distrito Metropolitano de Quito (DMQ) la autorización de intervención constructiva.
Es responsabilidad de los generadores de escombros su recolección, transporte y entrega en las escombreras autorizadas.
Los únicos sitios para recibir escombros, tierra, ceniza o chatarra son los autorizados por el Municipio.
Personas naturales o jurídicas que generen materiales de desecho provenientes de la construcción tales como remodelación, demolición de estructuras o movimientos de tierra entre otros.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Habilitación del servicio para la disposición final de escombros del DMQ
Personas naturales registrados con Cédula de Identidad o RUC
Papeleta de votación
Personas Jurídicas
En todos los casos deberan ingresar:
LMU 20 simplificada, Formulario 26 (proyectos menores o iguales a 40 m2 de construcción) o,
LMU 20 ordinaria, certificado de conformidad (proyectos mayores a 40 m2 de construcción)
En el caso de ser realizado por una tercera persona, se necesita adjuntar un poder notariado junto con los documentos de identidad.
1. El cliente realiza el ingreso de la solicitud Ingreso a la página web www.emgirs.gob.ec y en la parte superior selecciona la opción (Contratos en línea)
2. El cliente debe registrarse ingresando la información que se le solicita (Ruc y/o cédula y correo electrónico); y selecciona la opción de " Registrar".
3. Una vez recibido el correo electrónico de validación de la cuenta, el cliente deberá ingresar con los datos anteriormente registrados, y procede a crear la solicitud para la suscripción de un Contrato para la Disposición de Escombros.
4. El cliente deberá registrar información solicitada en el portal (Razón social, RUC, correo electrónico, nombre comercial, dirección, volumen de escombros, etc.
5. El cliente debe subir al sistema el certificado de conformidad de proyecto arquitectónico, estructural o ingenierías o el formulario Nro. 26 para intervenciones menores y procede a dar clic en crear solicitud.
6. La Unidad de Comercialización realizará el respectivo proceso de revisión técnica y aprobación del servicio requerido.
7. El cliente recibe la notificación por correo electrónico la “Aprobación de la Solicitud”
8. El cliente descarga la boleta de pago (Opción Ms Contratos, solicitud aprobada, acción Descargar Boleta de Pago) y se acerca a cancelar en la caja de las oficinas de la EMGIRS-EP o en las redes de FACILITO y Produbanco.
9. El cliente recibe la notificación del pago y del cambio de estado “APROBADO POR FIRMAR”
10. El cliente procede a ingresar a la opción:
Firma del contrato – Comercialización-Cliente
Buscar contrato en aplicativo-opción contratos-escombreras
Descargar e imprimir el contrato
Firmar el contrato (cliente y delegado)
Entregar contrato
Escanear el contrato
11. La Unidad de comercialización ingresa a la opción Habilitar Servicio – Comercialización
Seleccionar la opción “Habilitar Servicio”
Subir el contrato escaneado y guardar
12. El cliente ingresa al sistema a la opción: Uso del Servicio – Cliente
Imprimir los tickets (Opción Mis Contratos, contrato habilitado, acción Descargar Tickets)
13. Finalmente, el cliente hace uso de los tickets según necesidad, en cualquier escombrera.
Nota: En el caso un proceso Presencial, el cliente se acerca a las oficinas de Comercialización en Matriz junto con el comprobante de pago, para que ejecute el respectivo proceso.
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
El valor del trámite es gratuito y el valor del servicio es por m3, 0.57 + IVA
LUGARES AUTORIZADOS Y HORARIOS DE ATENCIÓN PARA EL INGRESO DE ESCOMBROS
Horario de atención: De lunes a viernes de 8h00 a 17h00
El trámite tiene una vigencia de 30 días una vez creada la solicitud.
El contrato tiene vigencia mientras el cliente tenga saldo a favor.
Contacto: Servicios ciudadanos: WhatsApp Messenger: (02) 3952310
Email: serviciosciudadanos@quito.gob.ec
Teléfono: 1800 510 510
Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito - Ordenanza Municipal 1 Publicado en el Registro Oficial Edición Especial 902 del 07 de Mayo del 2019, capítulo XI
Art. I .2.150 Creación; crease la empresa pública denominada "Empresa Pública Metropolitana de Gestión Integral de Residuos Sólidos".
Art. 2.- Ordenanzas.- El Concejo Metropolitano de Quito solo podrá expedir como ordenanzas normas de carácter general que serán, necesariamente, reformatorias de este Código, ya por
modificar sus disposiciones, ya por agregarle otras nuevas, y se denominarán ordenanzas metropolitanas.
Se excluyen de lo previsto en el inciso anterior las siguientes ordenanzas:
a. Ordenanzas que contengan Planes Metropolitanos de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, de Uso y Gestión del Suelo, Planes Especiales, Planes Parciales, y sus respectivas reformas;
b. Ordenanzas relacionadas con el presupuesto municipal;
c. Ordenanzas de designación de espacios públicos;
d. Ordenanzas sobre declaratorias de áreas de protección ambiental;
e. Ordenanzas de regularización de urbanizaciones sujetas a reglamentación general y de interés social; y,
f. Ordenanzas de asentamientos humanos de hecho y consolidados.
Las ordenanzas a las que se refiere este artículo tendrán, cada una de ellas, una numeración distinta e independiente.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
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1 | 2020-12 | 0 | 3158 |
Fecha de última actualización: 2022/03/04