Determinación de contaminación ambiental y aprobación de Programa de Remediación Ambiental.

Determinación de contaminación ambiental y aprobación de Programa de Remediación Ambiental es un trámite orientado a la determinación de fuentes de contaminación que generan un daño ambiental y/o impacto ambiental negativo producido por una obra, proyecto o actividad productiva o económica, que ha sido provocada por un accidente o incidente o a su vez no fue reparada o restaurada (pasivo ambiental) constituyendo un riesgo para cualquiera de sus componentes para lo cual el responsable de la actividad que tuvo el incidente, accidente o mantiene un pasivo ambiental debe solicitar la aprobación de la determinación de contaminación ambiental y del programa de remediación ambiental de los mismos.

¿A quién está dirigido?

Personas jurídicas y naturales que realizan actividades que generen riesgo e impacto ambiental o presten algún tipo de servicio establecido en el catálogo de proyectos, obras o actividades emitido por el Ministerio de Ambiente que requieran la determinación de contaminación ambiental y/o la aprobación del programa de remediación ya sea dentro de un proceso de licenciamiento ambiental o por solicitud expresa de la Autoridad Ambiental Competente. 

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Evaluación Ambiental de Sitio Fase I ASTM E1527 13 aprobada

Evaluación Ambiental de Sitio Fase II ASTM E1903 97 aprobada

Programa de Remediación Ambiental aprobado

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos mínimos para la Evaluación Ambiental de Sitio -Fase I (ASTM E1527-13 )

  1. Resumen Ejecutivo
  2. Tabla de Identificación de Condiciones Ambientales Reconocidas - ICAR
  3. Consideraciones importantes
  4. Limitaciones y excepciones (no debe incluir si existe presencia de asbesto o contaminación de otro tipo que no sea por hidrocarburos )
  5. Términos y condiciones especiales
  6. Confidencialidad (detallar al confidencialidad de información)
  7. Contexto Geológico general
  8. Contexto Hidrológico general
  9. Información suministrada por el usuario. (entrevista dueño y gravámenes ambientales)
  10. Información histórica del sitio.(fotografías, mapas)
  11. Investigaciones ambientales previas.
    1. Receptores Sensibles (Área de influencia directa)
    2. Evaluación ambiental previa
    3. Evaluación ambiental del sitio Fase II. Con énfasis en cuerpos de agua y sus vías de transporte significativas (flujos subterráneos y sus direcciones preferentes) 
    4. Historia Ambiental
  12. Permisos o Autorizaciones Ambientales
  13. Entrevista con los ocupantes, el antiguo y presente propietario.
  14. Reconocimiento de Sitio (clasificación del sitio para las acciones de respuesta)
  15. Información de reconocimiento de Sitio
  16. Resultados y Conclusiones
  17. Recomendaciones
  18. Documentación y datos faltantes.

 

 Requisitos mínimos para la Evaluación Ambiental de Sitio -Fase II (ASTM E1903 – 97)

  1. Introducción
  2. Objetivos
  3. Alcance
  4. Delimitación del Área de Estudio
  5. Marco Legal
  6. Evaluación de actividades de Fase II
  7. Ubicación de Puntos de Perforación
  8. Selección de parámetros
  9. Otras consideraciones
  10. Métodos Analíticos y de Laboratorio para suelo
  11. Métodos Analíticos y de Laboratorio para agua
  12. Muestreo, técnica de extracción de muestras:
  13. Estudio de Exploración de Suelos
  14. Trabajos de Laboratorios
  15. Modelo de Contaminación
  16. Informe Fase II
  17. Conclusiones

Remitir el comprobante de Pago por la tasa de “revisión y pronunciamiento respecto a Programa de Remediación Ambiental

¿Cómo hago el trámite?

  1. Ingresar el oficio de solicitud de aprobación con el documento con el levantamiento de la Evaluación Ambiental de Sitio -Fase I (ASTM E1527-13 )
  2. Remitir información complementaria (de ser el caso)
  3. Recibir el pronunciamiento de la aprobación de la Evaluación Ambiental de Sitio -Fase I (ASTM E1527-13).
  4. Una vez aprobada la Evaluación Ambiental de Sitio -Fase I (ASTM E1527-13) y de ser el caso la Autoridad Ambiental competente solicitará la presentación de la propuesta Evaluación Ambiental de Sitio -Fase II (ASTM E1903 – 97).
  5. Ingresar el documento solicitando la aprobación de la propuesta Evaluación Ambiental de Sitio -Fase II (ASTM E1903 – 97)
  6. Remitir información complementaria (de ser el caso)
  7. Realizar inspección in situ para la aprobación de los puntos de perforación propuestos en la Propuesta de Evaluación Ambiental de Sitio -Fase II.
  8. Remitir información complementaria (de ser el caso)
  9. Recibir el pronunciamiento de aprobación de la propuesta de la Evaluación Ambiental de Sitio -Fase II (ASTM E1903 – 97).
  10. Ejecución de la de Evaluación Ambiental de Sitio -Fase II bajo la responsabilidad del Representante Legal y la empresa consultora contratada.
  11. Ingresar oficio de solicitud de aprobación del Informe Final de la de Evaluación Ambiental de Sitio -Fase II (ASTM E1903 – 97).
  12. Remitir información complementaria (de ser el caso)
  13. Recibir el pronunciamiento de aprobación de la Evaluación Ambiental de Sitio -Fase II (ASTM E1903 – 97).
  14. Ingresar el oficio de solicitud de aprobación de la propuesta del Programa de Remediación Ambiental a ser ejecutado.
  15. Remitir información complementaria (de ser el caso)
  16. Recibir el pronunciamiento de aprobación de la propuesta del Programa de Remediación Ambiental a ser ejecutado.
  17. Ejecución del Programa de Remediación Ambiental aprobado, bajo la responsabilidad del Representante Legal y la empresa consultora contratada.
  18. Ingresar el oficio de solicitud de aprobación del Informe Final de la ejecución del Programa de Remediación Ambiental.
  19. Recibir el pronunciamiento de aprobación del Informe Final del Programa de Remediación Ambiental ejecutado.
  20. Ingresar el oficio de solicitud de aprobación de la verificación del Programa de Remediación ambiental ejecutado con la finalidad de comprobar la eficacia y eficiencia de la metodología implementada.

Recibir el pronunciamiento de aprobación de la verificación del Programa de Remediación ambiental ejecutado.


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

Pago por Revisión y pronunciamiento respecto a Programa de Remediación Ambiental, de conformidad con el Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito,  Libro III.5 presupuestos, Finanzas y Tributación. Capítulo XX, Artículo III.5.309 que es de 3.5 Salarios básicos unificados del trabajador en general (RBUM).

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para consultas el horario es de lunes a viernes de 08h00 a 16h30 en las instalaciones de la Secretaría de Ambiente, ubicadas en la Av. Río Coca E6-85 e Isla Genovesa.

 

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Vigencia determinada por el tiempo de ejecución del Proceso de Remediación ambiental y su cronograma de actividades aprobado.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Servicios Ciudadanos WhatsApp Messenger: (02) 3952310

Email: serviciosciudadanos@quito.gob.ec

Teléfono: Contact Center Municipal: 1800 510 510

Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2022/03/04