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Información proporcionada por: Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables (ARCERNNR)

El presente trámite de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables, está orientado a emitir la Aprobación de la Operación y Registro de Centros de Fiscalización y Entrega (CFE) de crudo y gas natural, los cuales son los sitios convenidos por las partes y de ser el caso aprobados por el Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovables - MERNNR, donde se mide diariamente en forma dinámica o estática la producción fiscalizada de crudo o gas natural.

La transferencia de custodia de petróleo o gas natural se realiza hacia ductos secundarios o principales, estatales o privados, centros de almacenamiento, estaciones de bombeo, refinerías, plantas topping y terminales marítimos; para el caso del petróleo la transferencia se realiza bajo ciertas condiciones de contenido de agua y sedimentos (S&W), y para el caso de gas natural la transferencia se realiza en condiciones de gas seco o gas deshidratado.

¿A quién está dirigido?

la Emisión de resolución de aprobación de la operación y registro de centros de fiscalización y entrega de crudo y Gas Natural esta orientado para las Empresas Públicas, Privadas o de economía mixta relacionadas con el Sector Hidrocarburífero.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Aprobación de la operación y registro de centros de fiscalización y entrega de Petróleo o Gas Natural

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos para la autorización de la ubicación o reubicación de Centros de Fiscalización y Entrega.-
1. Documento emitido por el Ministerio del Ramo, en el cual se confirme la ubicación o reubicación del Centro de Fiscalización y Entrega. En el caso de que el Ministerio del Ramo no haya definido la ubicación o reubicación del Centro de Fiscalización y Entrega, debe entregar la justificación técnica operativa de dicha ubicación o reubicación.
2. Memoria técnica que al menos contenga: coordenadas UTM y planos de implantación de la ubicación del  Centro de Fiscalización y Entrega, el lugar de interconexión y de entrega, responsabilidades de las partes en la construcción de la interconexión, cronograma de construcción, planos de la implantación y P&ID de la interconexión.
3. Convenio de Transporte suscrito por la compañía operadora y la transportista. En el caso de no requerirse, señalar las justificaciones técnico operativas correspondientes.
4. Metodología de separación de los volúmenes y calidad del petróleo, suscrito por las compañías involucradas y el administrador del contrato petrolero, cuando se realicen mezclas de diferentes operadoras, bloques o campos, debido al transporte de petróleo.

Requisitos para la autorización de construcción de Centros de Fiscalización y Entrega
1. Formulario de “Declaración Responsable”, el mismo que se encuentra disponible en la página web de la Agencia.
2. Memoria técnica del sistema de medición en formato PDF, que contenga:
• Datos generales del proyecto
• Información descriptiva del proyecto, conexiones aguas arriba y aguas abajo, características del fluido a ser medido, rangos de: flujo, temperatura y viscosidad, etc.
• Planos P&ID del sistema de medición (tuberías e instrumentos) con la descripción de las conexiones aguas arriba y aguas abajo.
• Hojas técnicas y catálogos de los equipos y sistemas que forman parte del Sistema de Medición. El fabricante de los equipos debe indicar que los mismos pueden ser usados para la transferencia de custodia.
• Cronograma actualizado de actividades técnico operacionales a ejecutarse para la instalación del sistema de medición.
El sujeto de control luego de terminada la construcción del Centro de Fiscalización y Entrega, notificará de este particular a la Agencia y solicitará la presencia de un delegado de la Agencia para el inicio del pre comisionado, comisionado y pruebas de funcionamiento.

Requisitos para autorización de Inicio de Operación y Registro de Centros de Fiscalización y Entrega
1. Comprobante de pago efectuado a la Agencia, correspondiente a la aprobación y registro de Centros de Fiscalización y Entrega de Petróleo y Gas Natural, o copia de la factura de pago de la tasa única con la confirmación de que incluye al Centro de Fiscalización y Entrega.
2. Protocolo de Calidad del Centro de Fiscalización y Entrega.
3. Acta de empaquetamiento de la unidad de medición avalada por un funcionario de la Agencia (durante el proceso de comisionado).
4. Certificados de calibración de: medidores y sensores de presión y temperatura, medidor de flujo, sensor de corte de agua, toma muestras automático, válvulas reguladoras de presión y de contrapresión.
5. Carta de control de cada uno de los medidores, como resultado de su caracterización.

¿Cómo hago el trámite?

Pasos a seguir en línea:

  1. El Usuario accede al trámite mediante la opción “Ir al trámite en línea” que se encuentra en la presente página. 
  2. Llena los respectivos campos obligatorios del formulario digital.
  3. Adjuntar los requisitos en los campos establecidos.
  4. Recibe una notificación del Sistema como constancia de envío de solicitud.
  5. El Usuario deberá estar atento a las notificaciones en caso de existir observaciones a su solicitud.
  6. Recibirá en la dirección registrada la Aprobación de la operación y registro de centros de fiscalización y entrega de crudo y Gas Natural, en caso de emitirse.

Pasos a seguir de manera presencial:

  1. Ingresar por ventanilla en la Institución el formulario debidamente lleno, junto con los requisitos establecidos. 
  2. Solventar las observaciones y/o requisitos faltantes, que la Agencia notificará mediante oficio, en caso de existir.
  3. Recibir vía Quipux y mensajería, la respuesta a la solicitud pertinente. 

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).

¿Cuál es el costo del trámite?

USD 2.000,00 valor fijo correspondiente a las tasas por los servicios de regulación, control y administración que presta la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables, según Resolución Nro. 002-DIRECTORIO-ARCH-2012 publicada en Registro Oficial Nro. 574 vigente a partir del 27 de agosto de 2015.

El Pago debe realizarse con el código 1301121749, en el Banco Pichincha Sublínea 130108 a nombre de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Oficinas de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables, ubicada en el Sector de la Armenia Conocoto calle Estadio N10-285 entre Manuela Cañizares y Lola Quintana.

Horario de atención: Lunes a viernes de 08h00 a 16h30

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Sujeta al Control Anual 

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Roland Cobacango - Francisco Toro

Email: roland.cobacango@controlrecursosyenergia.gob.ec

Teléfono: 3996 500

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 0
2 2024-02 0 0
3 2024-03 0 0
4 2023-01 0 0
5 2023-02 0 1
6 2023-03 0 0
7 2023-04 0 0
8 2023-05 0 1
9 2023-06 0 0
10 2023-07 0 0
11 2023-08 0 0
12 2023-09 0 0
13 2023-10 0 0
14 2023-11 0 0
15 2023-12 0 0
16 2022-01 0 1
17 2022-02 0 0
18 2022-03 0 1
19 2022-04 0 0
20 2022-05 0 0
21 2022-06 0 1
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23 2022-08 0 0
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26 2022-11 0 2
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33 2021-06 0 0
34 2021-07 0 0
35 2021-08 0 0
36 2021-09 0 0
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41 2020-02 0 0
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48 2020-10 0 0
49 2020-11 0 0
50 2020-12 0 0
51 2019-01 0 0
52 2019-02 0 0
53 2019-03 0 0
54 2019-04 0 0
55 2019-05 0 1
56 2019-06 0 2
57 2019-07 0 0
58 2019-08 0 0
59 2019-09 0 0
60 2019-10 0 0
61 2019-11 0 0
62 2019-12 0 0
63 2018-12 0 0
64 2017-12 0 1
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Fecha de última actualización: 2022/11/16