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Información proporcionada por: Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables (ARCERNNR)

El presente trámite de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables, está orientado a las personas naturales o jurídicas que requieren incrementar el volumen y/o actualizar la información de una autorización vigente para la compra de derivados del petróleo, a través de la comercializadora y/o centro de distribución del segmento industrial.

¿A quién está dirigido?

Empresas públicas o privadas, nacionales o extranjeras, empresas mixtas, consorcios, asociaciones u otras formas contractuales y demás personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que requieren incrementar el volumen anteriormente autorizado y/o actualizar la información de la autorización vigente.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Autorización para despacho de combustible por incremento de volumen y actualización para Clientes Industriales

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Formulario electrónico de nuevo registro de catastro industrial en el sistema de catastro industrial en línea de la Institución. 
  2. Comprobante de pago para establecimientos que superen los 30.000 galones mensuales, efectuado con el código 1301121850 en el Banco Pichincha a nombre de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables.

¿Cómo hago el trámite?

Pasos a seguir en Línea:

  1. El solicitante ingresa formulario electrónico de reforma de la autorización vigente de catastro industrial por incremento de volumen y/o actualización de información a través del sistema de catastro industrial en línea de la Institución y automáticamente el formulario pasa a revisión de la comercializadora o centro de distribución industrial.
  2. La comercializadora o centro de distribución industrial aprueba en línea el formulario electrónico de reforma ingresado por el solicitante y pasa automáticamente a evaluación de la Institución.
  3. El formulario de reforma del solicitante es evaluado por el técnico responsable de la Institución, si el formulario cumple con los requisitos se aprueba en línea y el formulario de reforma por ampliación de plazo, automáticamente pasa a revisión, para la autorización del Director Técnico de Control y Fiscalización de Comercialización de Hidrocarburos, sus Derivados, Biocombustibles y sus Mezclas, o Coordinador Zonal, o Director Distrital según sea el caso.
  4. El Director Técnico de Control y Fiscalización de Comercialización de Hidrocarburos, sus Derivados, Biocombustibles y sus Mezclas, o Coordinador Zonal, o Director Distrital según sea el caso  aprueba la reforma, y se emite la nueva autorización con el nuevo plazo, se extingue la anterior autorización y se notifica automáticamente al consumidor final mediante correo electrónico. 
  5. En caso que el formulario no cumpla los requisitos se remite en línea al Director Técnico de Control y Fiscalización de Comercialización de Hidrocarburos, sus Derivados, Biocombustibles y sus Mezclas, o Coordinador Zonal, o Director Distrital según sea el caso para su negación y la inmediata notificación al solicitante a través del correo electrónico registrado en el sistema.

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito para establecimientos cuyo consumo mensual no supere los 30.000 galones.

USD 600,00 - Por cada establecimiento, cuyo consumo mensual supere los 30.000 galones.

Valor fijo correspondiente a las tasas por los servicios de regulación, control y administración que presta la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables, según Resolución No. 002-DIRECTORIO-ARCH-2012 publicada en Registro Oficial No. 574 vigente a partir del 27 de agosto de 2015.

El Pago debe realizarse con el código 1301121850, en el Banco Pichincha a nombre de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Oficinas de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables, ubicada en el Sector de la Armenia Conocoto calle Estadio N10-285 entre Manuela Cañizares y Lola Quintana y Coordinaciones Zonales/Direcciones Distritales según su jurisdicción.

Horario de atención: las 24:00 horas los 7 días de la semana. 

Link del sistema en línea: http://siscoh-ci.controlhidrocarburos.gob.ec/comercializacionCldhIndustrialWeb/faces/protegido/inicio.xhtml

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Indefinida (siempre que se mantengan las condiciones iniciales).

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Alex Gamboa

Email: alex.gamboa@controlrecursosyenergia.gob.ec

Teléfono: 3996 500

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 25
2 2024-02 0 3
3 2024-03 0 11
4 2023-01 0 27
5 2023-02 0 111
6 2023-03 0 17
7 2023-04 0 0
8 2023-05 0 15
9 2023-06 0 5
10 2023-07 0 6
11 2023-08 0 7
12 2023-09 0 2
13 2023-10 0 12
14 2023-11 0 11
15 2023-12 0 9
16 2022-01 0 42
17 2022-02 0 25
18 2022-03 0 40
19 2022-04 0 31
20 2022-05 0 18
21 2022-06 0 26
22 2022-07 0 45
23 2022-08 0 47
24 2022-09 0 43
25 2022-10 0 21
26 2022-11 0 29
27 2022-12 0 45
28 2021-01 0 167
29 2021-02 0 104
30 2021-03 0 135
31 2021-04 0 49
32 2021-05 0 52
33 2021-06 0 77
34 2021-07 0 23
35 2021-08 0 11
36 2021-09 0 31
37 2021-10 0 24
38 2021-11 0 38
39 2021-12 0 16
40 2020-01 0 131
41 2020-02 0 88
42 2020-03 0 71
43 2020-04 0 43
44 2020-05 0 40
45 2020-06 0 57
46 2020-07 0 44
47 2020-08 0 82
48 2020-09 0 51
49 2020-10 0 52
50 2020-11 0 68
51 2020-12 0 109
52 2019-01 0 30
53 2019-02 0 67
54 2019-03 0 48
55 2019-04 0 63
56 2019-05 0 65
57 2019-06 0 45
58 2019-07 0 429
59 2019-08 0 359
60 2019-09 0 183
61 2019-10 0 91
62 2019-11 0 74
63 2019-12 0 53
64 2018-12 0 0
65 2017-12 0 354
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Fecha de última actualización: 2022/01/27