Emisión de Autorización para compra y transporte de combustible en cuantías domésticas en la modalidad de abastecimiento en centro de distribución segmento automotriz

Servicios ARC

Información proporcionada por: Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables (ARCERNNR)

El presente trámite de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables, está orientado a las personas naturales o jurídicas que requieren una autorización que habilita la compra y transporte de gasolinas (extra, ecopaís, súper) y diésel (premium) en un volumen menor o igual a 1.500 galones totales (sumados todos los productos) al mes, mediante retiros parciales desde una estación de servicio (gasolinera) asignada para el efecto.

¿A quién está dirigido?

Empresas públicas o privadas, nacionales o extranjeras, empresas mixtas, consorcios, asociaciones u otras formas contractuales y demás personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que requieren derivados de petróleo para el desarrollo de sus actividades productivas.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Autorización para compra y transporte de combustible en cuantías domésticas en la modalidad de abastecimiento en centro de distribución segmento automotriz

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Formulario electrónico de nueva autorización en el sistema de cuantías domésticas en línea de la Institución.

Requisitos Especiales:

  1. Para la actividad de Minería Artesanal el solicitante debe contar con el certificado de Minería Artesanal, otorgado por la institución competente.
  2. Para la actividad de abastecimiento a comunidades rurales, el solicitante de la población rural o comunidad, debe disponer de una certificación que avale la representación de la comunidad, detallar en el formulario los consumidores finales a ser beneficiados y cumplir con los requisitos técnicos respectivos.

¿Cómo hago el trámite?

Pasos a seguir en Línea:

  1. El solicitante ingresa formulario electrónico de NUEVA AUTORIZACIÓN a través del sistema de cuantías domésticas en línea de la Institución y automáticamente el formulario pasa a revisión de la Institución.
  2. El formulario del solicitante es evaluado por el técnico responsable de la Institución, si el formulario cumple los requisitos se aprueba en línea y el formulario automáticamente pasa a revisión, para la autorización del Director Técnico de Control y Fiscalización de Comercialización de Hidrocarburos, sus Derivados, Biocombustibles y sus Mezclas, o Coordinador Zonal, o Director Distrital según sea el caso.
  3. El Director Técnico de Control y Fiscalización de Comercialización de Hidrocarburos, sus Derivados, Biocombustibles y sus Mezclas, o Coordinador Zonal, o Director Distrital según sea el caso aprueba el formulario y se emite la nueva autorización, y se notifica automáticamente al consumidor final mediante correo electrónico. 
  4. En caso que el formulario no cumpla con los requisitos se remite en línea al Director Técnico de Control y Fiscalización de Comercialización de Hidrocarburos, sus Derivados, Biocombustibles y sus Mezclas, o Coordinador Zonal, o Director Distrital según sea el caso, para su negación y la inmediata notificación al solicitante a través del correo electrónico registrado en el sistema.

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Oficinas de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables, ubicada en el Sector de la Armenia Conocoto calle Estadio N10-285 entre Manuela Cañizares y Lola Quintana y Coordinaciones Zonales o Direcciones Distritales según su jurisdicción.

Horario de atención: las 24:00 horas los 7 días de la semana. 

Link del sistema en línea: http://siscoh-ci.controlhidrocarburos.gob.ec/comercializacionCldhIndustrialWeb/faces/protegido/inicio.xhtml

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Máximo 12 meses a partir de la fecha de autorización (es posible su renovación por iguales periodos).

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Alex Gamboa

Email: alex.gamboa@controlrecursosyenergia.gob.ec

Teléfono: 3996 500

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 501
2 2024-02 0 422
3 2024-03 0 343
4 2023-01 0 666
5 2023-02 0 434
6 2023-03 0 578
7 2023-04 0 323
8 2023-05 0 542
9 2023-06 0 500
10 2023-07 0 571
11 2023-08 0 506
12 2023-09 0 378
13 2023-10 0 512
14 2023-11 0 372
15 2023-12 0 824
16 2022-01 0 607
17 2022-02 0 669
18 2022-03 0 1039
19 2022-04 0 800
20 2022-05 0 864
21 2022-06 0 833
22 2022-07 0 1119
23 2022-08 0 1047
24 2022-09 0 1118
25 2022-10 0 712
26 2022-11 0 668
27 2022-12 0 925
28 2021-01 0 2005
29 2021-02 0 2012
30 2021-03 0 2394
31 2021-04 0 1151
32 2021-05 0 1423
33 2021-06 0 609
34 2021-07 0 1101
35 2021-08 0 610
36 2021-09 0 729
37 2021-10 0 814
38 2021-11 0 529
39 2021-12 0 798
40 2020-01 0 3545
41 2020-02 0 2689
42 2020-03 0 2365
43 2020-04 0 1778
44 2020-05 0 2419
45 2020-06 0 3293
46 2020-07 0 2465
47 2020-08 0 2881
48 2020-09 0 2827
49 2020-10 0 1966
50 2020-11 0 1828
51 2020-12 0 1867
52 2019-01 0 1739
53 2019-02 0 1337
54 2019-03 1 1359
55 2019-04 0 1474
56 2019-05 0 1444
57 2019-06 3 1291
58 2019-07 0 1616
59 2019-08 2 1371
60 2019-09 0 1441
61 2019-10 0 1511
62 2019-11 0 1220
63 2019-12 0 1244
64 2018-12 0 14231
65 2017-12 0 33713
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Fecha de última actualización: 2022/01/11