Trámite orientado a otorgar la autorización de tipología de la infraestructura y/o aval de la ubicación del terreno previo a la implementación del terminal terrestre de transporte de pasajeros por carretera en los Gobiernos Autónomos Descentralizados a nivel nacional. La tipología permitirá determinar los servicios básicos que requieren los diferentes modos de transporte que convergen a ese sitio, usuarios internos y externos, transportistas y en general todas las personas que por diferentes razones usen estas instalaciones. Considerando indicadores como número de operadoras, número de frecuencias y demanda de pasajeros diariamente, se determinará el tipo de terminal terrestre a ser construido, basados en el estudio de Consultoría denominado "Estudio de tipología arquitectónica de las terminales de transporte terrestre a nivel nacional", ejecutado por el MTOP, en el año 2014.
La ubicación del terminal terrestre es muy importante en esta etapa del pre diseño del proyecto, esto permitirá evitar el congestionamiento vehicular en las ciudades, determinación la disponibilidad de servicios básicos en el lugar en el cual se proyecta construir el Terminal Terrestre, facilidades que presenta de uso de los diferentes modos de transporte, disponibilidad de infraestructura vial, etc.
Persona mayor a 18 años de edad, que desee realizar la aprobación y tipología de ubicación de terminal terrestre perteneciente a un Gobierno Autónomo Descentralizado (GAD), Mancomunidades y/o Municipios.
- Persona jurídica pública: persona sujeta a derechos y obligaciones de una empresa o entidad pública.
Dirigido a: Persona Jurídica - Pública.
Aprobación y tipología de ubicación de terminal terrestre
En caso que el trámite lo realice una tercera persona, traer original de autorización simple y copia de cédula del titular, y si existe pérdida/robo de documentos habilitantes del trámite presentar la denuncia realizada ante el Consejo de la Judicatura. No es necesario que esté firmada y/o sellada por la Fiscalía.
PROCESO PRESENCIAL:
Canales de atención: Presencial.
El trámite no tiene costo
En la ANT Matriz así como en todas las Direcciones Provinciales a nivel nacional dependiendo del domicilio del usuario.
Directorio de oficinas de atención ANT:
https://www.ant.gob.ec/index.php/multas/1809-DIRECCIONES-PROVINCIALES-Y-OFICINAS-DE-ATENCI%C3%93N-AL-USUARIO#.Wqqhi8PwbIX
Horario de atención: Lunes a viernes de 8h00 a 16h45.
El artículo 61, menciona: "Servicios conexos de transporte terrestre.- Las terminales terrestres, puertos secos y estaciones de transferencia, se consideran servicios conexos de transporte terrestre, serán de propiedad del Estado, que buscan centralizar en un solo lugar el control, embarque y desembarque de pasajeros y carga, en condiciones de seguridad.
El funcionamiento y operación de los mismos, están sometidos a las disposiciones de esta Ley y sus reglamentos”.
El artículo 62, menciona: "Normas generales de funcionamiento de instalaciones.- La Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial establecerá las normas generales de funcionamiento, operación y control de aquellas instalaciones, las que serán de uso obligatorio por parte de las empresas operadoras de los servicios de transporte habilitadas”.
El artículo 64, menciona: "El control y vigilancia que ejerce el Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial sobre los servicios a que se refieren los artículos anteriores, comprende: la prestación de los servicios por parte de las operadoras de transporte, la autorización en la tipología y servicios previstos en la construcción de nuevos terminales y la vigilancia en el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el reglamento específico emitido por el Directorio de la Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial."
El artículo 59, menciona: “El funcionamiento y operación de los terminales terrestres, puertos secos y estaciones de transferencia de los mismos, sean estos de propiedad de organismos o entidades públicas, gobiernos autónomos descentralizados, compañías de economía mixta o de particulares, se regularán por las normas que para el efecto expida la Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. El control por parte de la Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial abarca: 1) las prestaciones de servicios por parte de las operadoras de transporte terrestre en los terminales o estaciones de transferencias; 2) la autorización para la construcción de nuevos terminales; y 3) la vigilancia en el cumplimiento de las disposiciones del reglamento específico”.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
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1 | 2023-01 | 0 | 0 |
2 | 2023-02 | 0 | 1 |
3 | 2023-03 | 0 | 1 |
4 | 2023-04 | 0 | 0 |
5 | 2023-05 | 0 | 0 |
6 | 2023-06 | 0 | 0 |
7 | 2022-01 | 0 | 2 |
8 | 2022-02 | 0 | 0 |
9 | 2022-03 | 0 | 1 |
10 | 2022-04 | 0 | 1 |
11 | 2022-05 | 0 | 1 |
12 | 2022-06 | 0 | 0 |
13 | 2022-07 | 0 | 1 |
14 | 2022-08 | 0 | 0 |
15 | 2022-09 | 0 | 1 |
16 | 2022-10 | 0 | 0 |
17 | 2022-11 | 0 | 0 |
18 | 2022-12 | 0 | 0 |
19 | 2021-01 | 0 | 0 |
20 | 2021-02 | 0 | 2 |
21 | 2021-03 | 0 | 1 |
22 | 2021-04 | 0 | 1 |
23 | 2021-05 | 0 | 0 |
24 | 2021-06 | 0 | 0 |
25 | 2021-07 | 0 | 0 |
26 | 2021-08 | 0 | 0 |
27 | 2021-09 | 0 | 0 |
28 | 2021-10 | 0 | 0 |
29 | 2021-11 | 0 | 0 |
30 | 2021-12 | 0 | 0 |
31 | 2020-01 | 0 | 0 |
32 | 2020-02 | 0 | 0 |
33 | 2020-03 | 0 | 1 |
34 | 2020-04 | 0 | 0 |
35 | 2020-05 | 0 | 0 |
36 | 2020-06 | 0 | 1 |
37 | 2020-07 | 0 | 1 |
38 | 2020-08 | 0 | 0 |
39 | 2020-09 | 0 | 0 |
40 | 2020-10 | 0 | 0 |
41 | 2020-11 | 0 | 0 |
42 | 2020-12 | 0 | 0 |
43 | 2019-01 | 0 | 1 |
44 | 2019-02 | 0 | 0 |
45 | 2019-03 | 0 | 0 |
46 | 2019-04 | 0 | 0 |
47 | 2019-05 | 0 | 0 |
48 | 2019-06 | 0 | 0 |
49 | 2019-07 | 0 | 0 |
50 | 2019-08 | 0 | 0 |
51 | 2019-09 | 0 | 1 |
52 | 2019-10 | 0 | 0 |
53 | 2019-11 | 0 | 1 |
54 | 2019-12 | 0 | 0 |
55 | 2018-09 | 0 | 0 |
Fecha de última actualización: 2023/07/26